Superintendencia Nacional de Migraciones

La Superintendencia Nacional de Migraciones, comúnmente llamada Migraciones, es el ente gubernamental que realiza los procesos de documentación de los peruanos y trámites migratorios de los extranjeros en Perú. En esta sección te hablamos de los roles de la institución y los procesos que podrás realizar.

La Superintendencia Nacional de Migraciones es el organismo del Estado Peruano adscrito al Ministerio del Interior encargado del control migratorio de nacionales y extranjeros en resguardo de la seguridad interna del país.

Entre otras funciones, Migraciones se encarga de:

  • Ejecutar política migratoria interna, promoviendo la integración de las personas migrantes a la sociedad peruana.
  • Aprobar y autorizar: visas, prórrogas de permanencia y residencia, así como el cambio de clase de visa y calidad migratoria.
  • Regularizar la condición migratoria de extranjeros de acuerdo a los requisitos establecidos en la normatividad vigente y convenios.
  • Otorgar y renovar los documentos que acrediten la permanencia o residencia legal de personas extranjeras, así como de las personas cuya condición de apátridas, asilados o refugiados sea determinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Mantener actualizado el Registro de Extranjeros.
  • Registrar el movimiento migratorio de las personas, manteniendo un sistema de información estadística.
  • Autorizar, denegar y controlar el ingreso, salida y permanencia legal de los extranjeros al país.
  • Impedir el ingreso o salida a nacionales y extranjeros que no cumplan con los requisitos, establecidos por la normativa vigente.
  • Prohibir el ingreso a extranjeros referenciados, aun en los casos que cuentan con visa o no lo requieran, que se encuentren inmersos en las causales de la Ley de Extranjería o cuando supongan una situación de peligro o amenaza para la seguridad nacional.
  • Constatar los lugares consignados por los extranjeros como domicilio, trabajo, estudio, alojamiento y otros, cuando exista causa justificada, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Expedir pasaportes, salvoconductos o documentos de viaje análogos.
  • Otorgar registro de nacionalidad peruana por nacimiento y opción; así como los títulos de naturalización y doble nacionalidad.

No, la solicitud de Refugio y/o asilo es procesada y aprobada por la Comisión Especial para Refugiados CEPR. Una vez aprobada la solicitud, Migraciones se encarga de tramitar todo lo relacionado con la documentación que avala la condición (carnet de extranjería).

Para conocer el proceso de solicitud de Refugio, haz clic aquí.

El primer punto de contacto para conseguir información y realizar trámites es su página web: www.migraciones.gob.pe

La dirección de la oficina principal en Lima es: Avenida España 734, Breña – Lima. Su horario de atención es de lunes a viernes: de 8:00 a 16:00 y los sábados de 08:00 a 12:00. Los domingos está cerrado.

Call-Center: (511) 200 – 1000

¿Cuán útil te pareció este contenido?

3.5 / 5. Total de votos 13

¡Sé el primero en valorar este contenido!